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El despido colectivo de Telemadrid es declarado improcedente

El despido colectivo de Telemadrid es declarado improcedente

jueves 16 de octubre de 2014, 13:07h

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El Tribunal Supremo (TS) ha acordado declarar improcedente el despido colectivo de Telemadrid que costó hace ya más de un año el puesto a un total de 925 trabajadores de la cadena autonómica y de sus sociedades.

El despido colectivo de Telemadrid es declarado improcedente

El Pleno de la Sala de lo Social del Supremo ha confirmado así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 9 de abril de 2013, que declaró no ajustado a Derecho el despido colectivo de los trabajadores de Telemadrid con la extinción de 925 contratos decidido por la empresa.

El TSJ reconoció una indemnización de 45 días por año trabajado a los empleados de Telemadrid, en el cómputo hasta la reforma laboral de 2012, y de 33 días por año a partir de la reforma. Si el despido ahora confirmado hubiera sido considerado procedente, la indemnización habría alcanzado los 20 días por año.

A diferencia del precedente de Canal 9, el despido de los trabajadores de Telemadrid no significa la readmisión de los 925 trabajadores y de sus sociedades.

Y es que en el caso de Canal 9, el TSJ de la Comunidad Valenciana declaró nulo el pasado 4 de noviembre el despido de 1.198 empleados por vulnerar el principio de igualdad en la selección del personal afectado; en el caso de Telemadrid el despido es improcedente. En realidad, la expresión legal es despido "no ajustado a derecho".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acordó en mayo del año pasado declarar "improcedentes" las cuantías fijadas en el ERE, sin forzar a readmitir a los trabajadores despedidos. La sentencia repercutía en las indemnizaciones que los trabajadores del Ente tendrían que recibir.

Así, el TSJM estimó parcialmente la demanda de los sindicatos y consideró que "procede declarar no ajustada a derecho la decisión extintiva adoptada por las demandadas a no haberse acreditado la concurrencia de la causa legal indicada en la comunicación extintiva", aunque desestima la "causa de nulidad" presentada.

Se basó para rechazar declarar los despidos nulos básicamente en que el Ente no ostenta consideración de Administración pública y que, por tanto, la prioridad de permanencia del personal laboral fijo es "aplicable a los procedimientos de despido en las Administraciones Publicas".

El despido colectivo de Telemadrid es declarado improcedente
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