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El Gobierno facilita la jubilación activa y parcial para mejorar la compatibilidad con el trabajo
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El Gobierno facilita la jubilación activa y parcial para mejorar la compatibilidad con el trabajo

Por Redacción
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contactohorapuntacom/8/8/18
martes 24 de diciembre de 2024, 01:33h

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El Gobierno de España ha aprobado un Real Decreto-ley que mejora la regulación de la jubilación activa, parcial y demorada, con el objetivo de facilitar la compatibilidad entre pensiones y trabajo. Esta reforma permite a los trabajadores acceder a la jubilación activa sin necesidad de una carrera completa de cotización, beneficiando especialmente a las mujeres. Se amplía el acceso anticipado a la jubilación parcial y se establecen condiciones más favorables para los trabajadores relevistas. Además, se introducen incentivos por la demora en la jubilación, alineándose con las recomendaciones del Pacto de Toledo. Estas medidas entrarán en vigor el 1 de abril de 2025 y buscan adaptar el sistema a las necesidades del mercado laboral actual.

El Gobierno impulsa la compatibilidad entre pensiones y trabajo

En una reciente sesión, el Consejo de Ministros ha dado luz verde a un Real Decreto-ley que introduce mejoras significativas en la regulación de la jubilación activa, parcial y demorada. Esta decisión se alinea con lo estipulado en el acuerdo alcanzado en la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social y Pensiones, celebrado el 31 de julio de 2024, y ratificado por los actores sociales y el Presidente del Gobierno el 18 de septiembre.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, destacó que esta medida es “de máxima relevancia para los pensionistas actuales y futuros”, ya que busca eliminar la dicotomía entre trabajador y pensionista, adaptándose a las necesidades individuales de cada persona.

Flexibilidad en la salida del mercado laboral

Con estas reformas, se pretende facilitar una transición más progresiva y flexible para los trabajadores que deseen salir del mercado laboral. La nueva normativa también elimina el requisito de contar con una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa, lo que representa un avance significativo desde la perspectiva de género. Este tipo de jubilación será compatible con incentivos por demora, aumentando el porcentaje a percibir según el tiempo que se retrase el acceso a la pensión.

Así, si un trabajador demora su jubilación activa un año, recibirá el 45% de su pensión; si espera cinco años o más, podrá acceder al 100%. Además, cada año adicional de actividad profesional ininterrumpida incrementará su pensión en cinco puntos porcentuales, sin superar nunca este límite máximo.

Cambios en la jubilación parcial

En cuanto a la jubilación parcial, se amplía el periodo para anticipar el acceso a esta modalidad de dos a tres años. Sin embargo, esto vendrá acompañado de ajustes en la reducción de jornada. Las condiciones para los trabajadores relevistas también mejorarán: su contratación deberá ser indefinida y a tiempo completo. Estas modificaciones entrarán en vigor el 1 de abril de 2025.

Además, se extiende hasta 2029 la regulación especial para trabajadores del sector manufacturero. Esta prórroga incluye ajustes destinados a mejorar las condiciones laborales del trabajador relevista y propone una regulación más equilibrada para las empresas respecto a la organización del horario tanto del relevista como del jubilado parcial.

Evaluaciones futuras y nuevas medidas

El Gobierno tiene previsto realizar una evaluación sobre el impacto de estas reformas en el último trimestre de 2028. También se prevé mejorar las condiciones para quienes opten por una jubilación demorada, permitiendo recibir incentivos adicionales por cada seis meses adicionales esperados después del segundo año.

Todas estas iniciativas están enmarcadas dentro del Pacto de Toledo, específicamente en su recomendación número 12 sobre la edad de jubilación. Estas medidas son parte del proceso reformador iniciado en 2021, que busca acercar la edad efectiva de jubilación a la legal ordinaria y ofrecer nuevas opciones a los trabajadores respecto a su futuro laboral.

Finalmente, este Real Decreto-ley establece un mandato al Gobierno para analizar dentro de seis meses los requisitos necesarios para fomentar una modalidad más flexible de jubilación. También se incluyen mejoras en las condiciones para los trabajadores fijos discontinuos que recuperan un coeficiente multiplicador del 1.5 al calcular su periodo de carencia para acceder a diversas pensiones.

La noticia en cifras

Cifra Descripción
45% Porcentaje de pensión si la demora es de un año en jubilación activa.
100% Porcentaje de pensión si el acceso se ha demorado cinco años o más.
5 Puntos porcentuales incrementados por cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida.
3 años Ampliación del anticipo para acceder a la jubilación parcial.
2028 Año previsto para evaluar el impacto de la reforma de la jubilación parcial.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué medidas ha aprobado el Gobierno respecto a la jubilación activa y parcial?

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto-ley que mejora la regulación de la jubilación activa, parcial y demorada, permitiendo una mayor compatibilidad de estas modalidades con el trabajo.

¿Cuáles son los cambios en la jubilación activa?

Se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa, facilitando su acceso. Además, se establece que cada año de demora en la jubilación activa incrementará el porcentaje a aplicar en el percibo de la pensión.

¿Cómo se modifica la jubilación parcial?

Se amplía de 2 a 3 años la posibilidad de anticipar el acceso a la edad de jubilación y se mejoran las condiciones del trabajador relevista, que deberá ser contratado indefinidamente y a tiempo completo.

¿Qué incentivos se ofrecen para la jubilación demorada?

Se ofrece un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año, lo que mejora las condiciones para quienes decidan retrasar su jubilación.

¿Cuándo entrarán en vigor estas modificaciones?

Las modificaciones relacionadas con la jubilación parcial y otros cambios entrarán en vigor el 1 de abril de 2025.

¿Qué evaluación se realizará sobre estas reformas?

El Gobierno llevará a cabo una evaluación del impacto de la reforma de la jubilación parcial en el último trimestre de 2028.

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