El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se erige como una herramienta fundamental de la Seguridad Social en España, destinada a proporcionar un nivel básico de ingresos a las personas que enfrentan situaciones de vulnerabilidad económica. Esta iniciativa busca garantizar la inclusión social y laboral de sus beneficiarios.
Introducido en 2020 mediante un Real Decreto-ley, el IMV surgió en un contexto marcado por las exigencias derivadas de la pandemia. Su consolidación llegó en diciembre de 2021 con la Ley 19/2021, que formalizó su establecimiento.
Las estadísticas del Instituto Nacional de la Seguridad Social indican que, hasta 2024, el IMV beneficia a aproximadamente 2.050.000 personas, distribuidas en 674.000 hogares.
Requisitos para ser beneficiario del IMV
El acceso al IMV puede realizarse tanto de manera individual como formando parte de una unidad de convivencia.
Las unidades de convivencia están compuestas por personas que residen juntas y mantienen vínculos matrimoniales, de pareja o familiares hasta el segundo grado. También se incluyen aquellos que conviven por razones de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. La solicitud del IMV debe ser presentada por un único titular que represente a todos los miembros.
Aparte de los criterios económicos, existen requisitos adicionales que varían según si se solicita individualmente o como representante de una unidad de convivencia.
- Pueden ser beneficiarios individuales del IMV aquellas personas mayores de 23 años que no pertenezcan a una unidad de convivencia ni mantengan vínculo matrimonial o de pareja (salvo en casos de separación o divorcio). Las mujeres víctimas de violencia de género están exentas de estos requisitos. También pueden acceder jóvenes entre 18 y 22 años provenientes de centros de protección o huérfanos absolutos, siempre que no formen parte de una unidad familiar.
- Los solicitantes del IMV en nombre de una unidad deben tener al menos 23 años. También pueden solicitarlo mayores emancipados con hijos a cargo. Todos los adultos miembros deben firmar la solicitud, y el representante llevará a cabo todas las gestiones pertinentes.
Cálculo del IMV para 2025
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital corresponde a la diferencia entre la renta garantizada, establecida por ley, y otros ingresos percibidos por los beneficiarios. Solo se podrá acceder al IMV si estos ingresos son inferiores al umbral establecido.
Para el año 2025, la renta garantizada ha aumentado un 9%, quedando así:
- Beneficiario individual: 7.905,72 euros anuales (658,81 euros mensuales).
- Unidad de convivencia: Incremento del 30% por cada miembro adicional, hasta un máximo del 220% respecto a la renta individual para grupos con cinco o más integrantes (17.392,68 euros anuales o 1.449,39 euros mensuales).
Aparte de estos límites, existen complementos adicionales:
- Complemento para unidades monoparentales: Se añade un 22% sobre la renta garantizada individual si hay un solo adulto con uno o más descendientes menores bajo su custodia exclusiva.
- Complemento por discapacidad: Si algún miembro tiene un grado reconocido igual o superior al 65%, se suma otro complemento equivalente al anterior.
Cambios en circunstancias personales y actualización del IMV
Sí, cualquier cambio en las circunstancias personales puede modificar la cuantía del IMV. Estas modificaciones entran en vigor el primer día del mes siguiente al cambio ocurrido.
Todas las prestaciones se actualizan automáticamente cada 1 de enero, basándose en los ingresos anuales reales del año anterior.
Métodos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital
La solicitud puede realizarse mediante:
- A través de internet con certificado electrónico o Cl@ve en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Página web sin certificado mediante un formulario habilitado. Se requerirá documentación para verificar identidad y residencia.
- Permanecer presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) correspondientes.
Dicha solicitud exigirá varios documentos acreditativos relacionados con identidad, situación familiar y económica. Para más detalles sobre estos requisitos puede consultar el portal oficial de Seguridad Social.
Nueva línea telefónica para consultas sobre el IMV
A partir del 4 de noviembre del 2024 está disponible el número corto 020, destinado a brindar información sobre el Ingreso Mínimo Vital. Este servicio gratuito complementará al número existente 900 20 22 22, ofreciendo asesoramiento personalizado sobre requisitos y trámites necesarios para acceder a esta prestación esencial.
La noticia en cifras
Concepto |
Cantidad |
Renta garantizada para un beneficiario individual (2025) |
7.905,72 euros/año (658,81 euros/mes) |
Renta garantizada para unidad de convivencia (5 miembros o más) (2025) |
17.392,68 euros/año (1.449,39 euros/mes) |
Complemento por unidad de convivencia monoparental |
22% de la renta garantizada individual |
Ayuda mensual para menores de 3 años |
115 euros |
Ayuda mensual para mayores de 3 años y menores de 6 años |
80,50 euros |
Ayuda mensual para menores entre 6 y 18 años |
57,50 euros |
Preguntas sobre la noticia
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital?
Se puede acceder al IMV de forma individual o como miembro de una unidad de convivencia. Las unidades de convivencia están formadas por personas que residan en el mismo domicilio y estén unidas por vínculo matrimonial, pareja de hecho, o vínculo de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
¿Cuál es la cuantía del IMV en el año 2025?
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital es la diferencia entre la renta garantizada, fijada por ley, y otros ingresos que los beneficiarios puedan tener. En 2025, para un beneficiario individual, la renta garantizada es de 7.905,72 euros al año, y para una unidad de convivencia con cinco miembros o más, será de 17.392,68 euros anuales.
¿La cuantía del IMV se actualiza con el cambio de las circunstancias personales?
Sí. El cambio en las circunstancias personales puede resultar en la modificación de la cuantía de la prestación. La modificación puede realizarse a lo largo del año y tendrá efectos a partir del primer día del mes siguiente al hecho que causó dicha modificación.
¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
Puede hacerlo por internet con certificado electrónico o Cl@ve a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o sin certificado mediante un formulario habilitado. También se puede solicitar presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.
Nuevo teléfono para consultas
Desde el 4 de noviembre del 2024 está disponible el teléfono corto 020 para informarse sobre el Ingreso Mínimo Vital. Esta línea ofrecerá información y asesoramiento personalizado sobre requisitos y trámites necesarios para acceder a la prestación.