El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha establecido una veda espaciotemporal de 60 días que prohíbe la captura de besugo o voraz (Pagellus bogaraveo) en aguas cercanas a la isla de Alborán y en el área exterior del Estrecho de Gibraltar. Esta medida, que se aplicará desde el 31 de enero hasta el 31 de marzo de cada año, afecta tanto a las actividades pesqueras comerciales como a las recreativas.
La orden ministerial fue publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En ella se especifica que los buques españoles no podrán realizar capturas utilizando artes de palangre, voracera y líneas de mano durante este periodo.
Objetivos de la veda
Además, esta veda también se extiende a la pesca recreativa con caña y líneas de mano en las mismas áreas. La finalidad principal es proteger las poblaciones de besugo o voraz en zonas críticas del Mar de Alborán y el Estrecho, ante la alarmante situación de sobreexplotación que enfrenta esta especie, según informes científicos presentados al comité asesor de pesca de la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM).
Con esta acción, el Ministerio busca cumplir con las medidas correctoras adicionales estipuladas en el reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece las posibilidades de pesca para diversas poblaciones en el Mediterráneo y el mar Negro para 2025.
Compromiso con la sostenibilidad
Las decisiones tomadas por el Ministerio reflejan un firme compromiso hacia una gestión responsable y sostenible de los recursos pesqueros, alineándose con sus obligaciones internacionales y comunitarias. Este esfuerzo es parte integral del enfoque del gobierno español para abordar la crisis pesquera actual.
Para más información sobre esta medida, se puede consultar la documentación oficial.
Preguntas sobre la noticia
¿Qué es la veda espaciotemporal adoptada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación?
Es una restricción de 60 días continuados en la que los buques españoles no podrán realizar capturas de besugo o voraz en ciertas áreas del Mar de Alborán y el Estrecho de Gibraltar.
¿Cuáles son las fechas de esta veda?
La veda se aplicará desde el 31 de enero hasta el 31 de marzo de cada año.
¿A quiénes afecta esta veda?
Afecta tanto a las actividades pesqueras comerciales como a las actividades recreativas realizadas con palangres, líneas de mano y cañas en las zonas especificadas.
¿Cuál es el objetivo de esta medida?
El objetivo es proteger las poblaciones de besugo o voraz debido al estado de sobreexplotación y agotamiento del stock en esas áreas clave.
¿Qué regulaciones respaldan esta veda?
La veda cumple con las medidas correctoras adicionales para el besugo establecidas por el reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo para 2025.
¿Dónde se puede encontrar más información sobre esta orden ministerial?
Más información está disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE) donde se publicó la orden ministerial.