De esta manera, admite a trámite una querella presentada por UPyD por una presunta comisión de los delitos de estafa, apropiación indebida, publicidad engañosa, administración fraudulenta y maquinación para alterar el precio de las cosas contra Caja Madrid, Bancaja, Bankia y Banco Financiero y de Ahorros, así como contra los responsables de los folletos de las emisiones de preferentes realizadas por dichas entidades, pero deniega la parte de la querella en la que también se solicitaba la investigación del expresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Julio Segura, y el exgobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, por considerar que no existen indicios de posibilidad alguna de delito.
Aunque la formación política, al saber el resultado, ha decidido recurrirá la exclusión de Segura y Ordóñez, en este sentido, el auto destacaba que la propia UPyD reconocía en su denuncia las advertencias que los antiguos responsables de los supervisores hicieran sobre los riesgos de las participaciones preferentes.
La admisión a trámite de esta querella, que se incorpora a la causa principal en la que se investiga la fusión y salida a Bolsa de Bankia, pero como una pieza separada, se hace, cómo muchas cosas que no gustan al gobierno, en contra de la opinión de Anticorrupción.
Así, la Fiscalía entendía que las entidades habrían podido incurrir en graves deficiencias en la comercialización de preferentes y que habrían primado sus intereses por encima de los de sus clientes, pero que no existió un engaño penalmente relevante ya que no hubo un plan preconcebido para estafar a sus clientes.
El juez Andreu, aunque ha subrayado que la admisión de la querella no constituye todavía un acto de imputación judicial, considera que “no se puede excluir” en este momento y “sin haberse efectuado un mínimo de actividad de instrucción sumarial” el carácter delictivo de los hechos denunciados por UPyD.
El responsable del Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia afirma compartir con la Fiscalía “la delgada línea roja” que puede existir y separar, en este tipo de hechos, el delito penal del ilícito civil, pero insiste en que no se puede descartar “en absoluto” el primero de ellos.
“No se trata de que el producto o los productos financieros de alto riesgo comercializados fueran legales, que lo eran, sino si en su comercialización y negociación se ocultó la verdadera situación de las entidades participadas por los preferentistas y el verdadero riesgo en que se incurría al invertir en dichos productos”, argumentaba Andreu.
En su auto el magistrado destaca también que la CNMV denunció en un informe remitido a la Audiencia Nacional las “malas prácticas” de Bankia por los casos de operaciones con preferentes entre clientes fuera del mercado secundario —se buscaban compradores de participaciones a precios artificialmente elevados— con el fin de aparentar que la cotización de estos productos era estable.
En su opinión estas prácticas deben de ser objeto de investigación en sede judicial, “desde el momento en el que se está advirtiendo de una necesidad de captación de compradores, de una deliberada falta de información a los clientes y de un claro conflicto de intereses”.
El juez Andreu explica que, de todas formas, los afectados por las preferentes no tienen la obligación de acudir a la vía penal y que para sus reclamaciones indemnizatorias conservan intacto su derecho de utilizar la jurisdicción civil o los procesos de arbitraje que se han abierto, pero recuerda que el hecho de que estas alternativas ofrezcan una mayor rapidez a la hora de lograr una reparación de las inversiones realizadas “no es ni puede servir de excusa para crear espacios de impunidad”.
“Ni se limita, ni se perjudica, por el hecho de incorporarse un proceso penal en averiguación de si las conductas denunciadas son constitutivas de delito, los derechos indemnizatorios de los posibles perjudicados por tales hechos, a quienes en todo caso se les abre una vía más para la satisfacción de sus derechos, sin cerrarse aquellas que ya están en su mano”, enfatiza el juez, al tiempo que exige abundante documentación a Bankia, cita a 5 directivos responsables de las emisiones, a las propias entidades como imputados y a 10 testigos, entre ellos el exsubgobernador del Banco de España, Javier Aríztegui.