En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Gallardón ha defendido que esta pena de carácter "excepcional" ya forma parte de la legislación de terceros países y ha sido avalada por el Consejo de Estado y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por lo que considera que "es una incorporación valiosa y avanzada en nuestra legislación penal", valoraba.
Según ha dicho, esta figura, dirigida a terroristas y casos de asesinato especialmente graves por la indefensión de la víctima, es "plenamente compatible" con la reinserción del recluso y con el reproche del Estado ante una "agresión a la convivencia". Ello es así porque una vez cumplido un abanico de entre 25 a 35 años, se podrá revisar la situación del recluso.
"El mero cumplimiento del tiempo es condición necesaria, pero no suficiente", ha destacado Gallardón, en referencia a la necesidad de cumplir condena durante un abanico de 25 a 35 años de cárcel en función del delito y la peligrosidad del recluso.
La situación del condenado podrá revisarse si cumple una serie de requisitos a petición propia una vez al año, o de oficio por un tribunal colegiado al menos cada dos años.
La prisión permanente revisable, cuya constitucionalidad fue avalada por el Consejo de Estado y el Consejo Fiscal aunque suscitó dudas en el seno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se aplicará a homicidios terroristas, los cometidos contra el Rey o el Príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros, así como en casos de genocidio y los crímenes de lesa humanidad con homicidio.
Se reserva esta figura a asesinatos especialmente graves, como aquellos en los que la víctima sea menor de 16 años o una persona especialmente vulnerable; cuando sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual; en los asesinatos múltiples o en aquellos cometidos por miembros de un grupo criminal.