Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el juez basa esta petición en que los conductores contratados carecen de autorización administrativa alguna para desarrollar la labor y la actividad que llevan a cabo, lo que supone "competencia desleal".
Dicha decisión es consecuencia de la medida cautelar solicitada por la Asociación Madrileña del Taxi planteada de forma previa a la interposición de una futura demanda contra la empresa UBER.
En la resolución, el juez aclara que "no se trata de una cuestión de debate filosófico sobre la libertad de mercado en general y la economía cooperativa en particular, sino una protección cautelar basada en la legalidad vigente".
El juez llega a esta conclusión porque la ley de competencia desleal determina que cuando se infringen normas que son exigidas para actuar en un mercado, la infracción es en sí misma una acción desleal.