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Multas de tráfico comunitarias
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Multas de tráfico comunitarias

Por Pamela Navarrete
miércoles 04 de marzo de 2015, 15:43h

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La Unión Europea ha aprobado una nueva directiva que facilitará la ejecución de las multas de tráfico impuestas a conductores en Estados miembro distintos del lugar de residencia.
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La Unión Europea ha aprobado la nueva directiva sobre la ejecución de las multas de tráficos impuestas en los Estados miembro. Tras la anulación de una directiva similar en mayo por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, esta directiva ha corregido la base jurídica de la norma.

Así, la directica será de transporte, en lugar de cooperación judicial, y entrará en vigor el 6 de mayo de 2015. La nueva norma se aplicará en los veintiocho Estados miembro de la Unión Europea, incluso en el Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, que no estaban incluidos en la anterior normativa, aunque tendrán un plazo extra para ponerla en marcha, hasta mayo de 2017.

Esta norma establece un procedimiento de intercambio de informaciones entre los Estado miembro, siempre que afecten a ocho infracciones de tráfico: el exceso de velocidad, la falta de utilización del cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, la conducción en estado de embriaguez o bajo los efectos de las drogas, no utilizar el casco, la circulación por un carril prohibido y el uso ilegal del teléfono móvil u otro dispositivo de comunicación durante la conducción.

Esta directiva permitirá el acceso a los registros nacionales de matriculación de vehículos para localizar al responsable de alguna de estas infracciones y sancionar al responsable. El porcentaje de conductores extranjeros en los Estados miembro es del 5%, sin embargo realizan el 15% de las infracciones de velocidad y quedan sin castigo.

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