www.horapunta.com
España implementa el derecho al olvido para pacientes oncológicos
Ampliar

España implementa el derecho al olvido para pacientes oncológicos

Por Redacción
x
contactohorapuntacom/8/8/18
jueves 06 de febrero de 2025, 16:07h

Escucha la noticia

El derecho al olvido oncológico, establecido por el Real Decreto-ley aprobado el 27 de junio de 2023, permite que las personas que han padecido cáncer no sean discriminadas en la contratación de seguros y préstamos. Esta medida, que se aplica cinco años después de finalizar el tratamiento sin recaídas, prohíbe que se considere el historial médico oncológico en estos trámites. Además, los pacientes pueden solicitar la eliminación de sus datos médicos bajo el Reglamento General de Protección de Datos. Este avance busca garantizar una mayor igualdad y protección para aquellos que han enfrentado esta enfermedad.

El reciente Real Decreto-ley de apoyo al Impacto de la Guerra y otras Situaciones de Vulnerabilidad, aprobado el 27 de junio de 2023, ha sido un paso significativo en la implementación de diversas iniciativas del derecho europeo, destacando el llamado «derecho al olvido oncológico». Esta medida no solo busca activar y extender diferentes estrategias anticrisis, sino que también representa un avance en la protección de los derechos de los pacientes oncológicos.

Con esta legislación, España cumple con la Resolución del Parlamento Europeo del 16 de febrero de 2022, que aboga por un enfoque coordinado en la lucha contra el cáncer. Así, se establece un marco legal que permite a las personas que han padecido cáncer no ser discriminadas en situaciones como la contratación de seguros o préstamos.

Definición del derecho al olvido oncológico

El derecho al olvido oncológico otorga a los individuos la posibilidad de que su historial médico relacionado con el cáncer no sea considerado en diversas circunstancias, como al solicitar un seguro de vida o un préstamo. Este derecho es fundamental para evitar que los pacientes tengan que justificar su pasado médico y para prevenir cualquier forma de discriminación.

Para garantizar este nuevo derecho, se han realizado modificaciones en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y en la Ley 50/1980 sobre Contrato de Seguro.

Mecanismos del derecho al olvido oncológico

El decreto establece que este derecho se aplica a la contratación de seguros y productos bancarios para pacientes oncológicos cinco años después de finalizar su tratamiento sin recaída. Entre las disposiciones clave se incluyen:

  • Nulidad de cláusulas que excluyan a una persona por haber padecido cáncer.
  • Prohibición de diferencias en la contratación de seguros basadas en antecedentes oncológicos.
  • Eliminación de la obligación de declarar si se ha tenido cáncer al contratar un seguro de vida.

Beneficiarios del derecho

Este derecho está destinado a aquellas personas que hayan sufrido una patología oncológica, siempre y cuando hayan transcurrido cinco años desde el final del tratamiento sin recaídas. El Gobierno tiene la facultad de modificar este plazo según los avances científicos.

Evidencia científica y su evolución

La «evolución de la evidencia científica» hace referencia a los continuos avances en el conocimiento sobre el cáncer. Dada la rapidez con que evoluciona esta área médica, es crucial consultar fuentes científicas actualizadas para tomar decisiones clínicas informadas.

Aplicación a distintos tipos de seguros

El derecho al olvido oncológico abarca todos los seguros donde el tomador actúe como consumidor. Para resolver posibles dudas sobre su aplicación, el Ministerio de Sanidad ha publicado un documento FAQ, dirigido tanto a pacientes como a aseguradoras y profesionales sanitarios. Este documento se actualizará regularmente mediante un grupo específico creado para tal fin.

Supresión de datos médicos previos

Sí, los pacientes tienen el derecho a solicitar la eliminación de sus datos médicos conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Recaídas tras contratar un seguro

Si durante la vigencia del contrato una persona asegurada experimenta una recaída, no estará obligada a declararla. Sin embargo, es posible que la aseguradora se oponga a renovar el contrato en ciertas circunstancias.

Afectación en otros trámites administrativos

Anteriores a esta normativa, quienes habían padecido cáncer debían renovar su carné con mayor frecuencia debido a su historial médico. Ahora, si han superado la enfermedad y cuentan con un informe médico favorable, podrán renovar su carné según lo estipulado por edad, igual que cualquier otro ciudadano.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué es el derecho al olvido oncológico?

El derecho al olvido oncológico es el derecho a que no se tenga en cuenta que alguien ha padecido un cáncer en diferentes situaciones como la contratación de un seguro de vida o la solicitud de un préstamo. Así, este derecho evita que estas personas tengan que justificar su historial médico y evita que sean discriminadas.

¿Cómo funciona el derecho al olvido oncológico?

El real decreto-ley aprobado establece el derecho al olvido oncológico en la contratación de seguros y productos bancarios de los pacientes de patologías oncológicas una vez transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída.

¿Quién puede beneficiarse de esta medida?

Podrán beneficiarse de este nuevo derecho aquellas personas que hayan sufrido una patología oncológica, una vez transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída posterior.

¿Qué se entiende por «evolución de la evidencia científica»?

El concepto de «evolución de la evidencia científica» se refiere a la evolución de conocimiento científico de la enfermedad. Puesto que en el área de la oncología la información científica avanza y registra progresos de manera constante, es necesaria la consulta continua de fuentes científicas actualizadas para tomar decisiones clínicas.

¿Aplica esta medida a cualquier tipo de seguro?

El derecho al olvido oncológico aplica a cualquier tipo de seguro en el que el tomador tenga la condición de consumidor.

¿Se pueden eliminar los datos médicos anteriores de las bases de datos de las empresas?

Sí, los pacientes pueden solicitar la supresión de sus datos médicos en virtud del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

¿Qué sucede si una persona sufre una recaída después de contratar un seguro?

Si estando el contrato en vigor, la persona asegurada sufre una recaída, no tendría obligación de declararla. No obstante, la aseguradora podría oponerse a la prórroga del contrato en determinados casos.

¿Y puede aplicar a otros trámites como la renovación del carnet de conducir?

Ahora, si se ha superado la enfermedad y se cuenta con un informe médico favorable, el tiempo de renovación será el que corresponda por edad, igual que cualquier otra persona.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios