La Sección Cuarta rechaza la solicitud de la Fiscalía y considera que no ha lugar a decretar su ingreso en prisión provisional porque entiende que el riesgo de fuga es “inexistente”. El Tribunal, que le condenó el pasado mes de octubre a 10 años y 5 meses de prisión, impone al penado como medidas cautelares la retirada de pasaporte con prohibición de salida del territorio nacional y la obligación de comparecer el primer lunes de cada mes en el juzgado de su domicilio.
En la resolución, el tribunal mantiene: "la finalidad de la prisión provisional no puede, en ningún caso, la de adelantar los efectos de una hipotética pena que pudiera serle impuesta al acusado".
La sección 21 de la Audiencia de Barcelona resuelve, tras la vista donde la defensa solicitó la libertad del condenado, imponer fianza de 1 millón de euros y retirada de los dos pasaportes. También le impone orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima.