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Víctima

10/04/2025@16:24:02

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha absuelto a un hombre acusado de agredir sexualmente a su expareja debido a las "profundas contradicciones" en el testimonio de la mujer y la falta de corroboración. La denuncia se refería a un incidente ocurrido en 2020, pero el tribunal determinó que la declaración de la víctima no era suficientemente consistente ni persistente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado. Esta decisión puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Para más detalles, visita el enlace.

La Audiencia Provincial de León ha condenado a un hombre a seis años de prisión por meter a su expareja en el maletero de su coche tras una discusión y conducir de manera temeraria, lo que provocó que la mujer sufriera lesiones al salir disparada y golpearse. Los hechos ocurrieron en octubre de 2022, y aunque la víctima sangraba, el agresor se negó a llevarla al hospital. Finalmente, logró escapar y pedir ayuda. La sentencia incluye una indemnización de más de 58.000 euros para la víctima y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una condena de 4 años y 3 meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial el pasado junio a un hombre asaltó por la espalda a una mujer en Pamplona, a la que realizó tocamientos.

El tribunal analiza la prueba desplegada en la vista oral celebrada el pasado 25 de junio, donde el acusado negó los hechos imputados, y concluye que el relato de la víctima es creíble.

La última víctima es una mujer de 32 años asesinada presuntamente por su pareja el pasado 3 de junio de 2024. El número de mujeres asesinadas por violencia de género en España asciende a 12 en 2024 y a 1.256 desde 2003.

Argumentan que las declaraciones de la mujer a lo largo del procedimiento “no han sido coincidentes en aspectos esenciales para la determinación de los hechos acaecidos y no han despejado datos que son básicos para atribuir al denunciado la agresión sexual denunciada”.

El número de mujeres asesinadas por violencia de género en España asciende a 40 en 2023 y a 1.224 desde 2003.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres años de cárcel al conductor de un vehículo acusado de atropellar en el mes de agosto de 2019 a un peatón en la localidad de Montellano tras haber ingerido “gran cantidad” de bebidas alcohólicas, provocándole heridas de gravedad y huyendo a continuación del lugar sin comprobar el estado de la víctima.

La víctima opuso resistencia, logró zafarse de la agresión y resultó herida. El tribunal considera a la mujer cooperadora necesaria de un delito de asesinato en grado de tentativa con la agravante de parentesco.

El hombre que mató al letrado que le había dado trabajo en su finca cumplirá cárcel por los delitos de asesinato, coacciones y detención ilegal. Tendrá que abonar 100.000 euros de indemnización a la viuda.

Las personas acosadoras suelen sorprenderte con halagos gratuitos y si no tienes un control firme son personas que entran en tu vida y te cuesta mantenerlas alejadas. Adoptan posturas cuestionables e indeseadas, cuando se trata de elogios, adoptan posturas disimuladas, hablan en susurros e indirectamente, y eventualmente pueden llegar al nivel de discursos públicos. En estos casos, hablarán para dejar a la víctima avergonzada, atrapada en un callejón sin salida. ¿Cuántas veces has experimentado enfoques como este?

Estima el recurso presentado por el letrado de la defensa y revoca la sentencia de la Audiencia de Zaragoza absolviendo al procesado con todos los pronunciamientos favorables.

La víctima estaba esperando un taxi en Benidorm para regresar a su hotel tras salir de fiesta cuando los autores se ofrecieron para llevarla. Durante el trayecto, aprovecharon que la víctima se había quedado dormida para llevarla a uno de sus domicilios y violarla.

Le atropelló con un coche y le rompió varias costillas y vértebras, entre otras lesiones. Deberá indemnizar a la víctima con 15.000 euros por las lesiones y las secuelas que sufrió por el ataque.

Ha indemnizado a la mujer con 1.000 euros, por lo que se ha entendido que concurre la circunstancia atenuante de reparación del daño.