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Mujer condenada a 2 años y medio de cárcel por radicalización yihadista en España

(Foto: Imagen de archivo).
Redacción | Martes 24 de diciembre de 2024

La Audiencia Nacional ha condenado a una mujer a dos años y medio de prisión por su implicación en un proceso de radicalización yihadista. La acusada, que difundió material terrorista a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería, fue hallada culpable de autoadoctrinamiento con intenciones de participar en acciones terroristas. Su radicalización comenzó tras la muerte de su hermano, combatiente del DAESH, y mantuvo contacto con otros extremistas. Además, mostró interés por explosivos y armamento, lo que llevó al tribunal a imponerle también cinco años de libertad vigilada. Esta sentencia destaca la preocupación por el creciente fenómeno del terrorismo yihadista en España.



La Audiencia Nacional ha dictado una condena de dos años y seis meses de prisión a una mujer que se dedicó a consumir y difundir material de contenido radical yihadista a través de aplicaciones de mensajería y redes sociales, con el objetivo de participar en acciones terroristas. Esta decisión fue tomada por la Sección Tercera de la Sala Penal.

La acusada, originaria de un campamento de refugiados en Tinduf y residente en Menorca, ha sido sentenciada por un delito de autoadoctrinamiento terrorista. Además de la pena privativa de libertad, se le impuso una medida de libertad vigilada durante cinco años.

Proceso de Radicalización

Según los hechos probados en la sentencia, la mujer experimentó una progresiva radicalización hacia los postulados yihadistas, influenciada inicialmente por su hermano, quien combatió para el DAESH en el Gran Sahara y falleció en Libia en 2016 mientras participaba en actividades terroristas.

Tras la muerte de su hermano, continuó manteniendo contacto con personas vinculadas a organizaciones terroristas en países como Alemania. La sentencia indica que utilizó su perfil de Telegram para integrarse en un grupo que funcionaba como repositorio de material propagandístico del DAESH, donde se compartían discursos radicales justificando la yihad. También formó parte del grupo público en Telegram denominado “Cánticos Yihadistas”, donde solicitó materiales específicos y participó en diversas conversaciones relacionadas.

Intereses Terroristas

El tribunal estableció que durante su proceso de radicalización hacia la “yihad islámica” y su identificación con los postulados del Estado Islámico, la acusada mostró un interés notable por chalecos explosivos, objetos de doble uso como drones, pulseras tácticas con navajas ocultas y el manejo tanto de armas blancas como de fuego. Esto llevó al tribunal a concluir que se planteaba la posibilidad de llevar a cabo acciones terroristas ya sea por sí misma o mediante terceros.

La Sala examinó el abundante material incautado durante registros realizados en sus domicilios en Menorca y en una vivienda familiar en Alicante. Con base en este análisis, concluyó que “la acusada tenía todo este material a su disposición con el fin de autoformarse en la yihad islámica” para potencialmente participar en acciones terroristas futuras.

Evidencias y Conciencia del Delito

Los jueces también revisaron las conversaciones mantenidas por la acusada con otros usuarios en redes sociales, donde quedó evidenciado su proceso de radicalización hasta el punto de ofrecerse para realizar acciones terroristas. En conclusión, el tribunal consideró que las constantes medidas de seguridad adoptadas por ella durante sus comunicaciones reflejan su conciencia sobre la ilicitud de sus actos, desestimando así sus intentos por justificar su conducta como mera curiosidad.

La noticia en cifras

Cifra Descripción
2 años y 6 meses Pena de cárcel impuesta
5 años Periodo de libertad vigilada
N/A Lugar de nacimiento (Campamento de refugiados de Tinduf)
N/A Interés en chalecos explosivos y manejo de armas

Preguntas sobre la noticia

¿Qué pena ha recibido la mujer condenada por radicalización yihadista?

La Audiencia Nacional ha condenado a la mujer a una pena de dos años y seis meses de cárcel.

¿Cuál fue el motivo de su condena?

La mujer fue condenada por un delito de autoadoctrinamiento terrorista, ya que consumió y difundió material de contenido radical yihadista con el fin de participar en acciones terroristas.

¿De dónde era la acusada y cuál fue su proceso de radicalización?

La acusada nació en un campamento de refugiados en Tinduf y residía en Menorca. Su proceso de radicalización comenzó por la influencia de su hermano, quien combatió para el DAESH y falleció en Libia en 2016.

¿Qué tipo de material consumía y difundía la acusada?

La mujer participó en grupos de Telegram donde se compartía material propagandístico del DAESH, incluyendo discursos radicales que justificaban la yihad.

¿Qué interés mostró la acusada en relación con acciones terroristas?

La acusada mostró interés por chalecos explosivos, objetos de doble uso como drones, y el manejo de armas, planteándose la posible comisión de acciones terroristas.

¿Qué pruebas sustentaron la condena?

El tribunal analizó el material incautado en sus domicilios y las conversaciones mantenidas en redes sociales que evidenciaban su proceso de radicalización e intención de realizar acciones terroristas.

¿Qué medidas tomaba la acusada para asegurar sus comunicaciones?

La Audiencia destacó que la acusada tomaba constantes medidas de seguridad en sus comunicaciones, lo que evidenciaba su conciencia sobre la ilicitud de sus conductas.

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