La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a I.J.F. a 24 años de prisión por el asesinato con alevosía del novio de su exnovia en Jumilla, ocurrido en mayo de 2021. La sentencia resalta la premeditación y la violencia vicaria en el crimen, que involucró a varios miembros de su familia. Además, se impusieron prohibiciones de acercamiento y comunicación con la víctima y su familia, así como medidas de seguridad tras cumplir la pena. Los condenados deberán indemnizar a los familiares de la víctima con un total de 210.000 euros. La resolución no es firme y puede ser apelada.
La Sección 2 de la Audiencia Provincial de Murcia ha dictado una condena de 24 años de prisión para I.J.F., hijo, por el asesinato con alevosía del novio de su exnovia, un crimen que tuvo lugar en Jumilla en la madrugada del 1 de mayo de 2021. El magistrado presidente ha basado su fallo en el veredicto del jurado, que declaró culpable al acusado por llevar a cabo este acto violento.
Además de la pena privativa de libertad, se le impone a I.J.F. la prohibición de acercarse y comunicarse con la exnovia y los familiares del fallecido, así como la restricción de residir en Jumilla durante un periodo de diez años tras cumplir su condena. Una vez fuera del centro penitenciario, deberá someterse a cinco años de libertad vigilada. Por otro lado, el tribunal también le suma dos años adicionales por un delito de atentado contra agentes de la autoridad.
El jurado ha determinado que el asesinato fue perpetrado por un grupo familiar que incluía al autor material y a sus padres como cooperadores necesarios, además de un hermano menor ya condenado. Este ataque fue precedido por una serie de agresiones y acosos hacia la víctima, lo que provocó múltiples denuncias a pesar del intento policial por ofrecer protección. La motivación detrás del crimen se atribuye a la incapacidad del acusado para aceptar la ruptura con su novia.
La sentencia destaca una agravante de género, señalando que el objetivo no era solo dañar a la víctima, sino hacerlo porque había "quitado" a su exnovia lo que más valoraba en ese momento: su pareja. Este acto es calificado como un ejemplo claro de violencia vicaria, evidenciado por las palabras del acusado mientras agredía a su víctima.
El documento judicial, que abarca casi 170 folios, detalla los eventos ocurridos desde las 02:00 horas del día fatídico hasta el desenlace mortal. A pesar de la presencia policial en el lugar, se produjo un enfrentamiento que culminó con el uso de un arma blanca contra la víctima.
La madre del condenado, M.A.F.E., quien actuó como inducción y cooperadora necesaria en el asesinato, ha sido sentenciada a 22 años de prisión bajo las mismas restricciones impuestas a su hijo. Además, se le añaden diez meses más por resistencia y desobediencia grave a las autoridades. Por su parte, I.J.F., padre del autor material, recibirá una pena total de 19 años, también con prohibiciones similares.
Todas las partes condenadas deberán hacer frente a indemnizaciones significativas: 210.000 euros para los padres y hermanas del fallecido y 20.000 euros para su novia. Asimismo, se contemplan multas por lesiones leves sufridas por agentes policiales durante el incidente.
A pesar del fallo emitido hoy, esta resolución no es definitiva; los condenados tienen derecho a presentar un recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
Condenado | Pena de prisión (años) | Prohibición de aproximación y comunicación (años) | Libertad vigilada (años) | Indemnización a padres y hermanas de la víctima (euros) | Indemnización a la novia de la víctima (euros) |
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I.J.F. (hijo) | 24 | 10 | 5 | 210,000 | 20,000 |
M.A.F.E. (madre) | 22 | 10 | 5 | 210,000 | 20,000 |
I.J.F. (padre) | 19 | 10 | 5 | 210,000 | 20,000 |
I.J.F. fue condenado a 24 años de prisión por asesinato con alevosía, además de otras penas relacionadas con atentados contra agentes de la autoridad.
Se le prohibió aproximarse y comunicarse con la exnovia y los familiares de la víctima, así como residir en Jumilla durante 10 años después de cumplir la pena. También deberá cumplir 5 años de libertad vigilada tras salir del centro penitenciario.
El jurado determinó que el asesinato fue ejecutado por un grupo familiar, incluyendo al autor material y sus padres, tras una serie de agresiones y acoso hacia la víctima.
La sentencia incluyó una agravante de género, destacando que el ataque no solo buscaba dañar a la víctima, sino también a su exnovia, lo que se considera un acto de violencia vicaria.
Los tres condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente con 210.000 euros a los padres y hermanas de la víctima mortal y con 20.000 euros a su novia.