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Confirman condena de tres años de cárcel a mujer por agredir con un vaso en discoteca

Redacción | Martes 07 de enero de 2025

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena de tres años de prisión a una mujer que agredió a otra con un vaso de cristal en una discoteca. La Audiencia de Salamanca determinó que la acusada cometió un delito de lesiones, resultando en heridas graves para la víctima, quien sufrió cicatrices permanentes. Además, se le impuso una indemnización de 9.364,72 euros y una orden de alejamiento. La sentencia destaca la credibilidad del testimonio de la víctima y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.



El TSJ de Castilla y León ratifica la condena a tres años de prisión por agresión en una discoteca

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia que condena a una mujer a tres años de cárcel por agredir a otra con un vaso de cristal en los baños de una discoteca. La decisión se produce tras desestimar el recurso presentado por la acusada, quien fue hallada culpable de un delito de lesiones con medios peligrosos que causaron deformidad.

La Audiencia de Salamanca había dictado previamente que, además del tiempo en prisión, la procesada no podrá acercarse a menos de 250 metros de la víctima ni comunicarse con ella durante cinco años. Asimismo, deberá indemnizarla con 9.364,72 euros y cubrir las costas del proceso judicial.

Detalles del incidente en la discoteca

Los hechos ocurrieron alrededor de las 4:00 a.m. del 8 de diciembre de 2022. Según el relato judicial, la víctima se encontraba en los servicios del local nocturno cuando, al notar que una persona tardaba en salir, tocó la puerta. En ese momento, la acusada salió “de forma deliberada” con el propósito de agredirla, golpeándola en la cara con un vaso de cristal antes de abandonar el lugar.

Como resultado del ataque, la víctima sufrió heridas contusas que requirieron intervención quirúrgica y suturas, así como lesiones oftalmológicas. Las secuelas incluyen tres cicatrices visibles en el lado izquierdo del rostro, lo que representa un claro perjuicio estético para ella.

Veracidad del testimonio y apelaciones

El tribunal subraya que no es relevante si hubo forcejeo previo al ataque; consideran poco creíble la idea de que el vaso pudiera haberse soltado accidentalmente. Los magistrados destacan que el testimonio de la víctima es coherente y cumple con los requisitos necesarios para ser considerado como prueba válida en este caso.

A lo largo del proceso, la denunciante ha mantenido su versión desde el inicio, tanto durante las declaraciones policiales como en las fases posteriores del juicio, sin mostrar contradicciones significativas.

Aunque esta sentencia ha sido confirmada por el TSJ, aún puede ser objeto de un recurso ante el Tribunal Supremo.

La noticia en cifras

Cifra Descripción
3 Años de prisión
250 Metros de prohibición de acercamiento
5 Años de prohibición de comunicación
9,364.72 Euros de indemnización
3 Cicatrices como secuelas

Preguntas sobre la noticia

¿Qué ha decidido el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León respecto a la mujer condenada?

El tribunal ha desestimado el recurso de la mujer, confirmando su condena a tres años de prisión por agredir a otra persona con un vaso de cristal.

¿Qué tipo de delito se le atribuye a la acusada?

La acusada fue considerada responsable de un delito de lesiones con medios peligrosos que causaron deformidad.

¿Cuáles son las consecuencias legales para la acusada además de la prisión?

Además de la pena de prisión, la acusada tiene prohibido acercarse a menos de 250 metros de la víctima y comunicarse con ella durante cinco años. También deberá indemnizarla con 9.364,72 euros y abonar las costas procesales.

¿Qué ocurrió en el incidente que llevó a la condena?

El incidente ocurrió en los baños de una discoteca, donde la acusada salió deliberadamente del baño y golpeó a la víctima en la cara con un vaso de cristal.

¿Qué secuelas sufrió la víctima como resultado del ataque?

La víctima sufrió heridas contusas en el rostro que requirieron intervención quirúrgica y sutura, así como lesiones oftalmológicas, quedando con tres cicatrices en el lado izquierdo de su cara.

¿Es definitiva esta sentencia?

No, la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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