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Gobierno extenderá ayuda a autónomos afectados por la DANA

(Foto: Delegación del Gobierno CV).
Redacción | Jueves 30 de enero de 2025

El Gobierno de España, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha decidido prorrogar el cese extraordinario de actividad para los autónomos afectados por la DANA. La ministra Elma Saiz anunció que esta medida se extenderá para proteger a los trabajadores que debieron suspender su actividad debido al temporal. Hasta ahora, 4.227 autónomos han solicitado esta prestación, que permite mantener ingresos y facilita una reincorporación gradual al trabajo. Los autónomos podrán acceder a esta ayuda sin necesidad de cumplir con el periodo mínimo de cotización y sin afectar sus futuras prestaciones.



El Gobierno de España, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha decidido prorrogar el cese extraordinario de actividad para los autónomos que se vieron obligados a detener o suspender sus actividades debido a la DANA. La ministra Elma Saiz ha sido la encargada de confirmar esta medida, asegurando que la prestación se extenderá en el tiempo para garantizar la protección de los trabajadores afectados.

Esta decisión permitirá a los autónomos continuar asegurando sus ingresos y facilitará su reincorporación gradual a la actividad cuando las circunstancias lo permitan. Saiz destacó: “Desde el minuto cero pusimos en marcha un conjunto de medidas muy importantes para proteger a los afectados por la DANA. El Gobierno de España se comprometió, y así queda demostrado, en desplegar toda la ayuda que haga falta todo el tiempo que sea necesario”.

Datos sobre la prestación

Casi tres meses después del impacto de la DANA, un total de 4.227 personas han solicitado esta prestación extraordinaria de la Seguridad Social. Esta ayuda puede ser parcial o total; será considerada parcial si el 75% de la facturación proviene de las zonas afectadas por el desastre natural.

Los trabajadores autónomos podrán acceder al cese de actividad sin necesidad de cumplir con el periodo mínimo de cotización, que normalmente es de 12 meses. Además, esta medida no afectará sus futuras prestaciones, manteniendo lo que se conoce como contador a cero. También se reconocerá esta protección a aquellos autónomos que operan bajo tarifa plana.

Condiciones y solicitud

Es posible solicitar el cese de actividad temporal parcial bajo ciertas condiciones:

  • Si el 75% de la facturación se genera en localidades afectadas por la DANA.
  • No es necesario tener tiempo previo de cotización.
  • La solicitud puede realizarse mientras persistan los efectos sobre la actividad profesional.
  • No reduce ni en duración ni en cuantía las prestaciones futuras.
  • Se contabiliza como tiempo cotizado.
  • Exoneración total de cuotas a la Seguridad Social.

Para solicitar esta prestación, los autónomos deben dirigirse a la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tengan cubierta esta contingencia. Aquellos que estén bajo tarifa plana deberán formalizar su adhesión con dicha mutua al momento de realizar su solicitud.

La noticia en cifras

Cifra Descripción
4,227 Total de personas acogidas a la prestación extraordinaria
75% Porcentaje mínimo de facturación en zonas afectadas para acceder a la prestación parcial
12 meses Periodo mínimo de cotización normalmente exigido (exento en este caso)

Preguntas sobre la noticia

¿Qué es el cese extraordinario de actividad para autónomos?

Es una prestación que permite a los autónomos afectados por la DANA continuar asegurando sus ingresos o facilitar su reincorporación gradual a la actividad tras tener que parar o suspender su actividad debido al temporal.

¿Quiénes pueden acceder a esta prestación?

Pueden acceder todos los trabajadores autónomos afectados por la DANA, incluso aquellos que no tengan el periodo mínimo de cotización exigido, que normalmente es de 12 meses.

¿Qué condiciones se aplican para solicitar el cese de actividad?

Los autónomos deberán demostrar que el 75% de su facturación se genera en localidades afectadas por la DANA y podrán solicitarlo sin tiempo previo de cotización mientras duren los efectos sobre su actividad profesional.

¿Cómo se solicita el cese de actividad?

La solicitud debe realizarse en la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tenga cubierta esta contingencia el trabajador autónomo. Los autónomos con tarifa plana tendrán que formalizar la adhesión con dicha mutua al momento de la solicitud.

¿Qué beneficios adicionales ofrece esta prestación?

No reduce la duración ni la cuantía de las prestaciones futuras, se contabiliza como tiempo cotizado y hay exoneración total de cuotas a la Seguridad Social.

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